DECLARA CONGRESO QUE CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL Y JUZGADOS ENTRAN EN FUNCIÓN EL 03 DE OCTUBRE.

El Pleno del Congreso del Estado de Sinaloa declaró que el Centro de Conciliación Laboral, así como los Juzgados Laborales del Poder Judicial del Estado de Sinaloa, iniciarán sus funciones el día 03 de octubre de 2022.

Esta declaratoria tiene su origen en las reformas a los artículos 107 y 123 de la Carta Magna, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de febrero de 2017 y en el Decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva, publicado en el mismo órgano de difusión oficial con fecha 1 de mayo de 2019.

Dichas reformas tuvieron como finalidad transferir la impartición de la justicia del trabajo al ámbito del poder público que tiene a su cargo el desarrollo de la función judicial; para que en el poder judicial de la federación y los poderes judiciales de las entidades federativas asuman las tareas de conocer y resolver los conflictos individuales y colectivos del trabajo que, hasta ahora, han estado confiados a las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

En atención a la obligación de las entidades federativas de armonizar el marco jurídico local con las reformas constitucionales, el 16 de abril de 2021 se publicó en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, número 046, el Decreto Número 588, por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado, realizando las adecuaciones para que, conforme a las bases previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establecer las pautas para regular el Centro de Conciliación Laboral del Estado, a fin de avanzar en la implementación del nuevo sistema de justicia laboral en Sinaloa.

Posteriormente se expidió la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Sinaloa  y se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de la Ley de la Defensoría Pública, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Municipios, todas del Estado de Sinaloa, en materia de Justicia Laboral.

0 Comments

Deja tu comentario

%d