LA AGENDA PÚRPURA’64 ES RESULTADO DE UNA LEGISLATURA HUMANA: DIP. ALMENDRA ERNESTINA NEGRETE SÁNCHEZ

La diputada de Morena Almendra Ernestina Negrete Sánchez, presidenta de la Comisión Permanente de Igualdad, Género, Diversidad Sexual e Inclusión del Congreso del Estado de Sinaloa, sostuvo que la Agenda Púrpura’64 es resultado de una legislatura humana que busca erradicar la violencia contra las mujeres.
Destacó que la Agenda Púrpura´64 es un paquete que ha alcanzado dieciséis leyes publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa para implementarlas en beneficio de las mujeres y protegiendo el supremo interés de las Niñas, los Niños y los Adolescentes.
La Agenda Púrpura’64 es de todas y todos los diputados sin distingo de colores. “La semana pasada fue muy violenta y creo que es importante socializar estos avances en materia legal”, aseveró.
“Nos pusimos la playera de las mujeres”, expuso al señalar que el Congreso del Estado realiza un esfuerzo coordinado con el gobernador Rubén Rocha Moya para subsanar los vacíos legales y proteger el interés superior de las niñas, los niños, los jóvenes y las mujeres.
“Ponemos al centro una legislatura humana que busca ir erradicando la violencia”, expresó.
“Es difícil, se necesita un trabajo sociológico muy grande, sin embargo, estamos trabajando”, dijo.
Señaló, al explicar algunos de los logros legislativos de la Agenda Púrpura’64, que la reforma al Código Familiar del Estado de Sinaloa fue con el objetivo de erradicar la violencia contra las mujeres.
Sostuvo que una legislación trascendental establece que en Sinaloa ya se puede elegir el orden de los apellidos.
“Ahora cuando se trate de divorcio –apuntó por otro lado- las hijas o los hijos menores de 12 años quedarán en automático bajo el cuidado y la guardia y custodia de la madre y el no contar con recursos económicos no va a ser una un factor trascendental para determinar quién va a tener la guardia y custodia”, precisó.
Sostuvo que otro avance es que en los casos en los que no se pueda llevar a cabo la convivencia se puede hacer de manera virtual.
Subrayó que en el caso de las demandas de pensión alimenticia, el Congreso legisló en beneficio de las mamás solteras y de las hijas y los hijos no reconocidos.
“En el caso de una demanda –explicó- por pensión alimenticia o de reconocimiento por vínculo parento-filial, tú ganas, es decir, se reconoce que sí es tu papá”.
“Entonces –añadió- la sentencia va a condenar a ese padre que había sido omiso a pagar una pensión retroactiva desde el momento del nacimiento”.
“Además –detalló- va a tener que pagar los gastos y honorarios del juicio, los costos de las pruebas genéticas que se han realizado aquí en el estado y además de todo esto, pues tener todos los derechos inherentes al reconocimiento de esta paternidad”.
Puntualizó que los hijos y las hijas que decidan ya en su mayoría de edad demandar, la pensión alimenticia será retroactiva, a pagarse desde el momento de su nacimiento.
Por otro lado, en caso de que el progenitor le niegue la guardia y custodia al otro progenitor ahora se podrá reevaluar, porque si no hay causa justificada se puede hacer el cambio.
“Es necesario que la ciudadanía esté enterada de estos beneficios”, dijo.
“Otro punto –abundó-, es que cuando te simulan un juicio, que te reconocen un hijo pero en realidad no es tu hijo. Como dicen, que te cuelgan al niño. En esos casos, cuando tú demuestres la inexistencia de esa relación, se van perder todos los derechos de carácter alimenticio”.
“En los casos –explicó- de los progenitores que han perdido la patria potestad de una hija o un hijo por una sentencia, que ya había causado estado, es decir, que ya tenga una ejecutoria y que hayan pasado 365 días desde que se dictó, podrá ser reevaluada para ver si está en la posibilidad de ostentar nuevamente la capacidad de tener la patria potestad de los hijos”.
“Antes perdías la patria potestad y la perdías, ahora ya no: ahora la pierdes, pasó un año y puedes solicitar que se te reevalúe”, comentó.

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